PLAN DE CONTINUIDAD PEDAGÓGICA-TRABAJOS SEGUNDO CUATRIMESTRE 2do AÑO-Profesor Peñaloza Sergio

 

 

PROGRAMA DE CONTINUIDAD PEDAGÓGICA -  2020.

TRABAJO PRACTICO  (E.S.I) 14/08/2020.

CURSOS: 2do. A y B Turno Noche

MATERIAS: H.E.I.Cívica y  Derecho.

DOCENTE: Profesor PEÑALOZA, Sergio Gerardo.

EMAIL: sergiogerardopenaloza@gmail.com.

FECHA DE ENVIO: 14/08/2020 - FECHA DE ENTREGA:  28/08/2020.

CRITERIO DE EVALUACIÓN: Comprender la lucha de las mujeres por la conquista de los y defensa permanente de los derechos de igualdad en la participación ciudadana, su derecho-deber de votar y ser elegidas como representantes en cargos electivos.

CONTENIDOS: En el marco de la  E.S.I   se propone analizar y trabajar sobre la lucha y conquista del  voto femenino en Argentina. Derechos políticos de la mujer. Antecedentes en Argentina. Empadronamiento electoral.

ACTIVIDADES: De la lectura de los textos adjuntos se  propone abordar el problema de la implementación de las leyes para el ejercicio efectivo de los derechos. En especial, se pretende  poner el foco en el papel del Estado y sus instituciones, como garantes del ejercicio de estos derechos y condiciones de vida de las mujeres. 

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TEXTOS….

Ley del voto femenino en Argentina. Fue promulgada el 23 de septiembre de 1947. En este trabajo, te contamos cómo se gestó la ley que garantizó el derecho al voto de las mujeres de la Argentina, sus antecedentes y los protagonistas de la época.

LEY 13.010 DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER. Sancionada el 9 de septiembre de 1947. Promulgada el 23 de septiembre de 1947. 

Art. 1°) Las mujeres argentinas tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas  obligaciones que les acuerdan o imponen las leyes a los varones argentinos. 

Art. 2°) Las mujeres extranjeras residentes en el país tendrán los mismos derechos políticos y estarán sujetas a las mismas obligaciones que les acuerdan o imponen las leyes a los varones extranjeros, en caso que estos tuvieren tales derechos políticos. 

Art. 3°) Para la mujer regirá la misma ley electoral que para el hombre, debiéndose dar su libreta cívica correspondiente como un documento de identidad indispensable para todos los actos cívicos y electorales. 

Art. 4°) El Poder Ejecutivo, dentro de los dieciocho meses de la promulgación de la presente ley procederá a empadronar, confeccionar e imprimir el padrón electoral femenino de la Nación en la misma forma en que se ha hecho el padrón de varones. El Poder Ejecutivo podrá ampliar este plazo seis meses más. 

Art. 5°) No se aplicará a las mujeres las disposiciones ni las sanciones de carácter militar contenidas en la ley 11.386. La mujer que no cumpla con la obligación de enrolarse en los plazos establecidos, estará sujeta a una multa de cincuenta pesos monedas nacional o la pena de 15 días de arresto en su domicilio. sin perjuicio de su inscripción en el respectivo registro. 

Art. 6°) El gasto que ocasione el cumplimiento de la presente ley, se hará de rentas generales, con imputación a la misma. 

Art. 7°) Comuníquese, etc.

 

El 9 de septiembre de 1947 una multitud de mujeres se agolpó en las inmediaciones del Congreso de la Nación para exigir a los legisladores la aprobación de la ley de sufragio femenino. El Poder Ejecutivo fue quien presentó el proyecto, en el marco de una batería de más de cuarenta leyes que Juan Domingo Perón había anunciado dentro de la planificación estatal conocida como el Plan Quinquenal. 

Hasta ese día, a partir de la Ley Sáenz Peña (1912), que estableció el voto secreto y obligatorio, los únicos habilitados para votar eran los hombres mayores de 18 años, nacidos en Argentina y residentes de las 14 provincias del país. Recordemos que Tierra del Fuego, Santa Cruz, Chubut, Río Negro, Neuquén, La Pampa, Chaco, Formosa y Misiones eran considerados territorios nacionales, y por lo tanto, no eligieron autoridades hasta las elecciones de 1951. 

 

La campaña. Una lluvia de telegramas con un sin fin de remitentes llovían a diario en los despachos de los diputados y senadores nacionales de aquel entonces. Eran personas, organizaciones sociales y grupos partidarios que solicitaban la aprobación de la ley del voto femenino. Otros, preferían acudir a sus aptitudes para hacerse escuchar, como muchas actrices y actores famosos de la época, participando en cortos audiovisuales que fomentaban el debate. 

Asimismo, las mujeres organizadas empapelaban las ciudades bajo el lema "la mujer puede y debe votar", mientras Evita impartía sus discursos por radio, religiosamente, incitando a las mujeres a luchar por sus derechos. 

"La mujer puede y debe votar, como una aspiración de los anhelos colectivos. Pero debe, ante todo, votar, como una exigencia de los anhelos personales de liberación, nunca tan oportunamente enunciados." "Ha llegado la hora de la mujer que piensa, juzga, rechaza o acepta, y ha muerto la hora de la mujer que asiste, atada e impotente, a la caprichosa elaboración política de los destinos de su país, que es, en definitiva, el destino de su hogar". 

 

La ley en fechas. El 21 de agosto de 1946 el proyecto fue aprobado por la Cámara de Senadores, para que el 9 de septiembre del año siguiente hiciera lo propio la Cámara de Diputados, luego de un maratónico debate. Días más tarde, el 23 de septiembre de 1947, se promulgó la Ley 13010.  Ese día, una multitud celebró la promulgación en Plaza de Mayo y Eva Perón regaló uno de sus discursos más memorables: "Recibo en este instante de manos del Gobierno de la Nación la ley que consagra nuestros derechos cívicos. Y la recibo, ante vosotras, con la certeza que lo hago en nombre y representación de todas las mujeres argentinas, sintiendo jubilosamente que me tiemblan las manos al contacto del laurel que proclama la victoria".

 

Los antecedentes y las primeras sufragistas. Si bien la ley se promulgó en 1947, recién en 1951 las mujeres acudieron masivamente a las urnas. La demanda histórica que el peronismo materializó tiene sus antecedentes en las persistentes batallas y conquistas que llevaron adelante, desde principio de siglo, las mujeres organizadas en las agrupaciones feministas, las socialistas y radicales. 

En 1911, los requisitos para empadronarse contemplaban, entre otros, ser ciudadano mayor de edad, saber leer y escribir, ejercer alguna profesión y tener domicilio en la ciudad de votación. 

La médica feminista Julieta Lantieri cumplía con ellos y exigió empadronarse, convirtiéndose en la primera mujer en la historia argentina en poder votar. Al año siguiente, a estas condiciones se le agregó el poseer libreta de enrolamiento, por lo tanto, solo accedían los varones al realizar el servicio militar obligatorio.

En 1911, 1919, 1922, 1929, 1932,1933, 1934, 1935, 1938, 1939, 1928, 1935 y 1939 se presentaron diversas iniciativas que buscaron garantizar el voto femenino, aunque muchas de ellas ni siquiera se debatieron en el recinto. Fue el representante del Partido Bloquista, Aldo Cantoni,  quien al asumir la gobernación de San Juan, modificó la Constitución provincial y habilitó a las mujeres sanjuaninas a votar y a presentar sus candidatas en las elecciones municipales de 1928. 

Los debates para apoyar o no la ley del sufragio femenino fue por lo menos acalorado. Sucedieron en el interior de los partidos políticos y entre las diferentes organizaciones de mujeres. El historiador Pablo Vázquez, especialista en peronismo, explica que "Perón, ya en 1945 desde la Secretaría de Trabajo y Previsión, planteó el tema del voto femenino. Entre las sufragistas, sobre todo el colectivo que encabezaba Victoria Ocampo, no querían que saliese el proyecto, porque "lo daban" los militares; para ellas, el peronismo era la dictadura".  Y agrega: "La oposición tenía contradicciones. Los radicales siempre apoyaron el voto femenino, más aún el sector de Frondizi, pero dar el voto implicaba beneficiar al peronismo, porque sabían que las mujeres lo iban a apoyar masivamente. Los conservadores estaban en contra bajo el argumento tanto de la especulación política del peronismo como del que no había tiempo suficiente para instruir a las mujeres en cuestiones cívicas, que se carecía de padrones electorales y que la participación de la mujer en la vida política iba a dividir a las familias". 

Algunas de las especulaciones de la oposición se cristalizaron el 11 de noviembre de 1951, cuando se celebraron las elecciones que permitieron la reelección de Juan Domingo Perón. La fórmula Perón-Quijano alcanzó nada menos que el 63.4 %, seguida por los radicales Balbín- Frondizi, que obtuvieron el 32.2 %.

"Para esas elecciones en el padrón figuraban 8.623.646 de electores, entre ellos, 4.222.467 mujeres. De ese total, el 90,32% se hizo presente en las urnas y más de la mitad votó al peronismo. El resto de las electoras, 1.375.096, lo hicieron por otras fuerzas políticas, que en total sumaban ocho candidaturas", describe Laura Macek, investigadora del Instituto Nacional de Investigaciones Históricas Eva Perón (INIHEP)- Museo Evita. 

 

Una lucha que no termina. Con el empadronamiento, la mujer obtuvo su Libreta Cívica, porque hasta ese entonces, la única documentación con la que contaba era su partida de nacimiento. Además, la promulgación de la ley otorgó a las mujeres argentinas una mayor equidad real en términos civiles y políticos. La patria potestad compartida (1949) y la ley de divorcio (1954) fueron algunas de las conquistas más relevantes de la década. También lo fue la participación dentro del Congreso. Para 1952, entre los 30 senadores nacionales, 6 eran mujeres, y las diputadas conformaban apenas el 15% de la cámara baja. Sin embargo los sucesivos golpes de Estado dejaron sin efecto cientos de derechos obtenidos. La patria potestad compartida, por ejemplo, se restableció en 1985, con la transición democrática, y en 1991, cuando se aprobó la ley de cupo femenino, que estableció garantizar, al menos el 30% de participación femenina en las listas de partidos políticos para cargos nacionales.

 

ACTIVIDADES PROPUESTAS PARA ESTE TRABAJO PRÁCTICO: De la lectura de los textos anteriores y del siguiente texto,  contesta las preguntas que se formulan más abajo.

 

Enrolamiento, empadronamiento y libreta cívica.”[Una] de las derivaciones de la ley de Derechos Políticos de la Mujer fue el empadronamiento y la documentación de las mujeres. Este proceso duró cuatro años y concluyó para las elecciones presidenciales de noviembre de 1951, en que las mujeres votaron y fueron votadas por primera vez en todo el país. [..] El enrolamiento y el empadronamiento femenino hubo que iniciarlo de cero en razón de la ley Sáenz Peña, pues la elaboración del padrón electoral se había realizado sobre la base del enrolamiento militar. Las mujeres quedaban, de esta manera, excluidas del enrolamiento con fines militares y, por ende, del ejercicio de los derechos políticos. Por esa razón, la ley de voto femenino debía incluir, también, la creación de un padrón electoral no basado en disposiciones de carácter militar, tal como lo marcó la ley 13010 de Derechos Políticos de la Mujer. El Poder Ejecutivo, dentro de los dieciocho meses de su promulgación, procedería a empadronar, confeccionar e imprimir el padrón electoral femenino en la misma forma en que se había hecho el de varones. 

[...] Uno de los problemas más difíciles de sortear era la obtención de las partidas de nacimiento, ya que muchas mujeres no habían sido inscriptas en su momento o no sabían   

donde se encontraban asentadas sus partidas. Los registros de bautismo de la Iglesia fueron fundamentales en este proceso para la expedición de certificados de nacimiento. [...] El proceso pronto adquirió connotaciones partidarias y, en mayo de 1948, en una jornada simbólica, Eva Perón entregó cuatro partidas de nacimiento a ciudadanas nacidas en 1930 en el salón principal del Registro Civil de la ciudad de Buenos Aires. Ese mismo día comenzaron las tareas, y como acto inaugural le fue entregada la libreta cívica número 1 a Eva Perón, quien hizo un llamado a las mujeres argentinas para que se inscribieran en los registros electorales. [...] Los organismos partidarios y los centros cívicos femeninos, primero, y luego algunas unidades básicas femeninas ayudaron en las tareas de enrolamiento. [...] 

El proceso fue lento, y también muy complejo y dificultoso. Cuatro años transcurrieron entre la promulgación de la ley 13010 y la primera vez que votaron las mujeres, en noviembre de 1951. En este período, hubo elecciones en marzo y en diciembre de 1948, una para elegir diputados, y la otra, convencionales constituyentes para la reforma de la Constitución Nacional; también en 1949 se renovó un tercio del Senado y en marzo de 1950 hubo elecciones para gobernador en la provincia de Buenos Aires. Las mujeres no participaron en ninguna de estas elecciones, pero sí pudieron votar los suboficiales "soldados del ejército permanente, armada y aeronáutica y agentes o gendarmes de la policía”, otro grupo hasta ese momento carente de derechos políticos. Pero, a diferencia de las mujeres, ellos ya estaban enrolados, empadronados y documentados.

 

PREGUNTAS:

1) ¿Qué acciones requirió la implementación de la ley de sufragio femenino?

2) ¿Qué dificultades hubo?

3)  ¿Cuáles se relacionan con las condiciones de desigualdad de las mujeres? 

4) ¿Cuál fue el papel del Estado y sus instituciones? 

5) ¿Qué te llamó la atención durante la lectura de este texto? 

6) ¿ Cuáles son  las acciones realizadas desde el Estado para hacer efectivo el derecho al voto femenino ?

7) ¿ Se puede afirmar que con la ley de voto femenino se reconfiguró la idea de ciudadanía por la inclusión de las mujeres ?. ¿ Porqué ?

8) ¿ Por qué es tan importante contar con un documento de identidad para ejercer derechos?

 

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